Uno de los problemas más desconcertantes que ha suscitado la nueva LCSP desde su entrada en vigor, el pasado 9 de marzo de 2018, es la exigencia de inscripción como empresas licitadoras en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado (ROLECE) en el plazo de seis meses desde dicha fecha (es decir,
En general, el dato relevante para determinar los procedimientos de contratación, los requisitos de publicidad (nacional o europea) y otros requisitos del contrato (como la clasificación o la condición de armonizado) de un contrato es el valor estimado, que se calcula de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 101 de la LCSP. En el
El ROLECE (Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado) tiene como finalidad: unificar la multitud de registros de licitadores que ha ido apareciendo a lo largo de los años en diferentes Ministerios, Comunidades Autónomas y Ayuntamientos, con vistas a facilitar el acceso al mismo por parte tanto de los interesados, como de los