A la hora de la presentación de ofertas es muy importante repasar la composición de sobres y no incluir en uno u otro lo que no se debe o corresponde al que no es, ya que dicho error supone un adelanto de información que nos lleva a nuestra inmediata exclusión. El Reglamento general que
Son nulas aquellas previsiones que se incluyan en los Pliegos por razones exclusivamente de arraigo territorial que puedan impedir la participación de los agentes económicos en las licitaciones. El origen, el domicilio social, o cualquier otro indicio del arraigo territorial de una empresa no pueden ser considerados como condición de aptitud para contratar con
La Ley establece el principio de proposición única de ofertas para evitar la multiplicación de estas derivadas de unos mismos intereses. ¿Qué ocurre cuando hay una vinculación entre dos empresas que realizan dos ofertas independientes o es un mismo apoderado-persona física quién las presenta? Si existe un control de una empresa sobre la otra estamos ante
La ley 9/2017, de Contratos del Sector Público, establece unos principios generales al respecto de los criterios de valoración de ofertas, no aplicando forzosamente porcentajes máximos o mínimos entre criterios objetivos (valorables mediante cifras o porcentajes) y criterios subjetivos (valorables mediante juicio de valor): – La adjudicación se realizará preferentemente utilizando una pluralidad de