La mejor relación calidad/precio como objetivo En el derogado Texto Refundido de la Ley de Contratos del sector público, se hablaba que la contratación estaba orientada a conseguir la oferta económicamente más ventajosa (que no las más barata). Eso ahora cambia y el objetivo es conseguir en la compra pública la mejor relación calidad-precio
Dice el artículo 71 LCSP (Prohibición de contratar). “No podrán contratar con las entidades previstas en el artículo 3 de la presente Ley con los efectos establecidos en el artículo 73, las personas en quienes concurra alguna de las siguientes circunstancias: d) No hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o
Los términos utilizados en la disposición adicional 15ª pueden llevar a equívoco sobre la forma de computar los plazos, al decir que se computarán desde la fecha de envío o del aviso de notificación. ”Disposición adicional decimoquinta. Normas relativas a los medios de comunicación utilizables en los procedimientos regulados en esta Ley. Las
La nueva LCSP establece que deben ser prioritarios o darse preponderancia a los criterios de valoración y adjudicación de las ofertas de tipo objetivo: es decir aquellos que hagan referencia al objeto del contrato, pero que puedan medirse con cifras o porcentajes obtenidas mediante fórmulas establecidas en los pliegos. Eso es debido al espíritu
Define el artículo 17 LCSP que son contratos de servicios aquellos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o suministro, incluyendo aquellos en que el adjudicatario se obligue a ejecutar el servicio de forma sucesiva y
Mediante Nota de prensa del Ministerio de Hacienda, de fecha 20 de septiembre, se anuncia que el Consejo de Ministros ha autorizado la tramitación administrativa urgente de un proyecto de Real Decreto para modificar el Real Decreto 773/2015, por el que se modifican determinados preceptos del Reglamento General de la LCAP. Como ya habíamos