DEMORA DEL ROLECE PARA LA INSCRIPCIÓN DE EMPRESAS.

 

El Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público (ROLECE) se encuentra en estos momentos colapsado ante las numerosas peticiones de inscripción desde la entrada en vigor de la nueva Ley de Contratos del Sector Público (LCSP) en marzo de 2018.

El 9 de septiembre se ha cumplido el plazo de seis meses dado por la citada Ley para estar inscritas en el mismo si se pretende participar en los procedimientos abiertos de carácter simplificado, súper simplificado y simplificado sumarios; sin embargo, muchas peticiones de inscripción no han sido todavía resueltas.

¿Servirá la acreditación de solicitud de inscripción para solventar la ausencia de requisito ante la ausencia de resolución del Registro sobre la misma -demora no imputable a los solicitantes sino a la falta de previsión de la Administración- para participar en un abierto simplificado?

En opinión de los expertos, no sería aceptable ya que iría en contra del principio de igualdad y de legalidad. Los licitadores que lo pidieron con mayor antelación y diligencia y ya están inscritos no pueden verse perjudicados por dicha circunstancia frente a los que todavía no lo están.

Para los procedimientos abiertos ordinarios, no simplificados, no es necesaria dicha inscripción por lo que habrá que fijarse muy bien en qué tipo de procedimiento abierto es en el que queremos participar.

 

Licitaciones - Servicios Jurídicos

Servicios Jurídicos en procesos de Licitación

Enlace:
https://lapartecontratante.blog/2018/09/06/la-inscripcion-en-el-rolece-para-participar-en-el-procedimiento-abierto-simplificado/

Deja una respuesta