LOS PLAZOS EN EL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN ABIERTO.

 

 

Los plazos en el procedimiento de Contratación Abierto. Distintas fases.

 

Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público

Presentación ofertas:

En los procedimientos abiertos sujetos a regulación armonizada: el plazo para presentar proposiciones no será inferior a 35 días naturales desde publicación anuncio (artículo 156.2 LCSP). Si se acepta presentación electrónica se podrá reducir a 30 días (artículo 156.3 LCSP).

En el resto de abiertos: el plazo no será inferior a 15 días naturales, contados desde el día siguiente a la fecha de publicación del anuncio (artículo 156.3); en lo de obras en concreto tendrán que mediar 26 días naturales (artículo 156.4)

Apertura por la mesa de proposiciones:

Plazo máximo de 20 días naturales desde la fecha de término de presentación de ofertas. El plazo se entenderá cumplido cuando se haya abierto el primero de los sobres o archivos electrónicos que componen la proposición (artículo 157.3).

La apertura del sobre de oferta económica se hará en acto público salvo cuando se prevea se puedan emplear medios electrónicos (artículo 157.4).

Adjudicación (artículo 158):

Si el único criterio de selección es el precio: plazo máximo de 15 días naturales desde el día siguiente a la apertura de proposiciones.

Si hay pluralidad de criterios o uno único que sea el de menos coste del ciclo de vida: plazo máximo de dos meses a contar desde el día siguiente a la apertura de proposiciones salvo que se hubiera establecido otro plazo en el Pliego de Cláusulas Administrativas.

Si hay varias aperturas independientes de sobres o archivos electrónicos, el plazo se computa desde la apertura del primero.

Estos plazos se ampliarán 15 días más en el caso del 149.4 de la LCSP ( se incurra en baja anormal y desproporcionada y haya que acudir al trámite de justificación de la misma).

La consecuencia del incumplimiento de estos plazos en la adjudicación es que el licitador tiene derecho a retirar su oferta y a la devolución de la garantía provisional si existe.

Documentación justificativa tras adjudicación (artículo 150):

Se requerirá al licitador que haya presentado mejor oferta para que en el plazo de 10 días hábiles a partir del día siguiente al requerimiento, para que presente la documentación justificativa (de los requisitos previos, artículo 140.1 a, b, y c) y para constituir la garantía definitiva, si la hubiera. Se adjudicará el contrato en los 5 días hábiles posteriores a la recepción de dicha documentación.

Resolución y notificación de la Adjudicación (artículo 151):

Deberá ser publicada en el perfil del contratante en el plazo de 15 días naturales e indicarse en la misma los recursos posibles y el plazo en que deberá formalizarse el contrato. Deberá notificarse por medios electrónicos.

Formalización de los Contratos (artículo 153):

Si el contrato es susceptible de recurso especial, la formalización no podrá efectuarse antes de que transcurran 15 días hábiles (que es el plazo para interponer el recurso) desde la notificación de la adjudicación. Una vez transcurrido dicho plazo, se requiere al adjudicatario para que firme el contrato en los 5 días naturales al siguiente a ser requerido para ello.

En los restantes casos, la formalización del contrato deberá efectuarse no más tarde de los 15 días hábiles siguientes a aquel en que se realice la notificación de la adjudicación.

Si por causas imputables al adjudicatario no se formaliza el contrato en plazo, se le adjudicará al siguiente licitador por el orden en que hubieran quedado las ofertas.

Anuncio formalización de los contratos (artículo 154):

En un plazo no superior a los 15 días naturales tras el perfeccionamiento del contrato en el perfil del contratante. Si el contrato está sujeto a regulación armonizada deberá publicarse también en el “Diario Oficial de la Unión Europea”.

La adjudicación de los contratos basados en Acuerdos Marco, ya perfeccionados, se publicará trimestralmente dentro de los 30 días naturales siguientes al final de cada trimestre.

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