ROLECE, REGISTROS AUTONÓMICOS Y CLASIFICACIÓN EMPRESARIAL.

El ROLECE (Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado)  tiene como finalidad: unificar la multitud de registros de licitadores que ha ido apareciendo a lo largo de los años en diferentes Ministerios, Comunidades Autónomas y Ayuntamientos, con vistas a facilitar el acceso al mismo por parte tanto de los interesados, como de los Órganos de Contratación.

No obstante, se autoriza la existencia de Registros Autonómicos, en principio para las Comunidades que tienen competencia en materia de Clasificación, tales como País Vasco, Cataluña, Valencia, Baleares, Murcia y Canarias…

Es decir, el ROLECE no es un Registro superior  a los autonómicos  sino con un diferente ámbito territorial: es decir, es estatal mientras que los autonómicos tienen valor en su propia Comunidad Autónoma y ante todos los órganos de contratación de ese ámbito territorial  para sus licitaciones.

Los empresarios pueden inscribir sus datos e información que reflejen su aptitud en cuanto a su personalidad y capacidad de obrar, representación, habilitación profesional o empresarial, solvencia económica y financiera, y Clasificación Empresarial, así como la concurrencia o no concurrencia de las prohibiciones de contratar que deban constar en el mismo.

Cuando una empresa tiene Clasificación Empresarial, la Junta Consultiva de Contratación Administrativa realizará la inscripción de oficio en el ROLECE de la clasificación obtenida por la entidad, y de cualquiera de las modificaciones que se produzcan en ella. Esa inscripción sólo contendrá los datos referidos al certificado de clasificación, al que podrán añadir otros documentos e información hasta obtener la inscripción completa.

En los casos en los que la entidad no tenga Clasificación, podrán inscribirse en el ROLECE de forma voluntaria tanto las personas físicas que tengan la condición de empresarios o profesionales así como las jurídicas, nacionales o extranjeras.

Conveniencia de la inscripción:

1.- Permitirá a la empresa acceder a los procesos de licitación, reduciendo considerablemente la elevada carga de documentación administrativa a aportar, ya que la obligación de los licitadores de aportar la documentación acreditativa de personalidad, capacidad de obrar y solvencia en cada licitación puede ser sustituida por el certificado emitido por el ROLECE.

2.-  Si un Organismo Público necesita contratar una obra o servicio lo más probable es que realice una consulta al registro de licitadores para conocer las empresas que ofrecen los servicios o productos que necesita.

Interés en inscribirse:

Las empresas Clasificadas como Contratistas de Obras y/o de Servicios, de las que constará su clasificación, y, además, la denominación o razón social del empresario, su nacionalidad y número de identificación fiscal, el Registro Mercantil o Registro oficial en que están inscritos, el tipo de entidad o forma jurídica que tenga y su domicilio y objeto Social, así como los títulos habilitantes o autorizaciones de que disponga y sean precisas para el desarrollo de su actividad. Todas estas circunstancias deberán ser inscritas de oficio, con los datos aportados por la empresa en el procedimiento de Clasificación, y que han servido de base a la misma.

A las empresas que no tienen clasificación, bien porque no les interesa obtenerla o porque operan en contratos para los que no existe este requisito (suministros, por ejemplo), que podrán solicitar su inscripción, aportando los documentos acreditativos de las circunstancias y datos mencionados anteriormente, y, además, con la posibilidad de incluir los datos de su solvencia financiera, ya que, al no estar clasificados, le serán exigidos en las licitaciones.

Conclusión:

Es aconsejable hacer la gestión de ponerse en contacto con el ROLECE para verificar la situación concreta ya que por un lado es un Registro de Empresas Clasificadas y por otro de Empresas Licitadores Inscritas en el mismo.

Al respecto del volcado de datos en el ROLECE por el Registro Autonómico correspondiente donde se esté inscrito, también es conveniente verificarlo porque dependerá de cada registro concreto.

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