PRINCIPIO DE PROPOSICIÓN ÚNICA DE OFERTA Y VINCULACIÓN ENTRE EMPRESAS E IDENTIDAD DE APODERADOS DE LAS MISMAS.

  La Ley establece el principio de proposición única de ofertas para evitar la multiplicación de estas derivadas de unos mismos intereses. ¿Qué ocurre cuando hay una vinculación entre dos empresas que realizan dos ofertas independientes o es un mismo apoderado-persona física quién las presenta? Si existe un control de una empresa sobre la otra estamos ante 

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