. El Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales, mediante la resolución número 1021/2023, de 28 de julio, declara la improcedencia de subsanar un hipotético error en la oferta presentada puesto que supondría su modificación, desarrollando la doctrina al respecto. Entrando en los argumentos del recurso, el Tribunal parte de su doctrina sobre la posibilidad de
. El Tribunal Administrativo de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid, en su Resolución 476/2022, de 22 de diciembre, desarrolla y aplica la doctrina sobre subsanación de la oferta económica o técnica en fase competitiva. Se trata de un recurso contra la adjudicación de un contrato por considerar que la valoración de su oferta
Son varias las consultas que hemos recibido sobre cuál es el límite, tanto temporal como de número de oportunidades, para subsanar la falta de documentación relativa a la aptitud para contratar de un operador económico en las licitaciones públicas. En principio, los tribunales administrativos de recursos especiales son claros al respecto: no cabe otorgar