. Con la publicación del Real Decreto-Ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19, se introduce en su artículo 34 la posibilidad de suspensión de los contratos en ejecución si la misma deviene imposible como consecuencia del COVID-19 o las medidas adoptadas por